lunes, 30 de enero de 2012

CÓDIGO DE CIRCULACIÓN CICLISTA

Para que más adelante no puedan decir que desconocemos el código de circulación.

CÓDIGO DE CIRCULACIÓN RESPECTO DEL CICLISTA

Normativa legal aplicable :
REAL DECRETO LEGISLATIVO 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial.
REAL DECRETO 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos.
LEY 43/1999, de 25 de noviembre, sobre adaptación de las normas de circulación a la práctica del ciclismo.
LEY 19/2001, de 19 de diciembre, de reforma del texto articulado de la Ley sobre Tráfico.
REAL DECRETO 1428/2003 (B.O.E. 23-12-2003), por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación.
Como dice el REY, "A todos los que la presente vieren y entendieren. Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar los siguientes artículos de la Ley de Tráfico y seguridad vial":
ARTÍCULO 15
"......el ciclista en el caso de que no exista vía o parte de la misma que les esté especialmente destinada, circulará por el arcén de su derecha, si fuera transitable y suficiente, y, si no lo fuera, utilizará la parte imprescindible de la calzada..................., pudiendo ocupar incluso la parte derecha de la calzada que necesiten, especialmente en descensos prolongados con curvas."
".......se prohíbe que los vehículos enumerados circulen en posición paralela, salvo las bicicletas y ciclomotores de dos ruedas, en los casos y forma que se permitan reglamentariamente, atendiendo a las circunstancias de la vía o a la peligrosidad del tráfico."
"Los ciclistas podrán superar la velocidad máxima fijada reglamentariamente en aquellos tramos en los que las circunstancias de la vía aconsejen desarrollar una velocidad superior (por ejemplo, descensos). Incluso podrán ocupar la parte derecha de la calzada que necesiten.

ARTÍCULO 18
"......se prohíbe circular por autopistas y autovías con vehículos de tracción animal, bicicletas, ciclomotores y vehículos para personas de movilidad reducida. No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, los conductores de bicicletas podrán circular por los arcenes de las autovías, salvo que, por razones de seguridad vial, se prohíbe mediante la señalización correspondiente."
ARTÍCULO 20
"......se permitirá a los conductores de bicicletas circular en grupo, extremando en esta ocasión la atención a fin de evitar alcance entre ellos."
ARTÍCULO 23
"......cuando los conductores de bicicleta circulen en grupo, serán considerados como una única unidad móvil a los efectos de prioridad de paso...."
"los conductores tienen prioridad de paso para sus vehículos respecto de los conductores de bicicletas excepto cuando para entrar en otra vía un vehículo gire a la derecha o a la izquierda, en los supuestos permitidos, existiendo un ciclista en sus proximidades, bien en la propia calzada, bien en el carril-bici o en el arcén derecho."
ARTÍCULO 33
"......no se considerará adelantamiento a efectos de estas normas los producidos entre ciclistas que circulen en grupo."
ARTÍCULO 34
"......queda expresamente prohibido adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas que circulen en sentido contrario."
ARTÍCULO 42
"......las bicicletas estarán dotadas de elementos reflectantes homologados. Igualmente cuando sea obligatorio el uso de alumbrado, los ciclistas además, llevarán colocada alguna prenda reflectante en vías interurbanas."
ARTÍCULO 45
"......se prohíbe llevar abiertas las puertas del vehículo, abrirlas antes de su completa inmovilización y abrirlas o apearse del mismo sin haberse cerciorado previamente de que ello no implica peligro o entorpecimiento para otros usuarios, especialmente cuando se refiere a conductores de bicicletas."

DETALLE DE LAS NOVEDADES INTRODUCIDAS POR EL REGLAMENTO GENERAL DE CIRCULACIÓN (R.D. 1428/2003)
¿ Donde circular ? (artículo 38)
Si no hay carril bici u otra vía ciclista, debemos usar el arcén de las carreteras. El arcén ha de ser transitable y suficiente para la circulación de bicicletas. En caso contrario, usaremos la parte imprescindible de la carretera, excepto en la autovía, donde nos tenemos que ceñir siempre al arcén. En autovía, solamente pueden ir ciclistas mayores de 14 años, y siempre por el arcén. Si las autoridades prohíben la circulación de bicicletas en un tramo de autovía, tienen que informar del itinerario alternativo. Está prohibido ir en bicicleta por autopistas.
¿ Circulación en paralelo y en grupo ?
Se permite la circulación de dos bicicletas en paralelo, pero hay que ponerse en fila india en los tramos sin visibilidad (curvas, cambios de rasante, niebla, etc.) También podemos circular en un grupo compacto en fila de a dos.
¿ Prioridad del paso para ciclistas ? (artículo 64)
La bicicleta tiene prioridad en carril bici. También, frente a vehículos a motor que giren en un cruce. Cuando circulemos en grupo, la prioridad de paso del primer ciclista en un cruce o una rotonda se aplica por extensión también al resto del grupo, como si fuera un solo vehículo.
¿ Adelantamiento ? (artículo 85)
Los componentes de un grupo de ciclistas pueden avanzar se unos a otros sin que esto constituya adelantamiento. Dos ciclistas en paralelo, no están obligados a romper en fila de a uno, cuando un coche adelanta en sentido contrario. Solamente está permitido adelantar a un ciclista o grupo de ciclistas cuando la maniobra se pueda realizar en condiciones de seguridad, por lo tanto hay que desplazar el vehículo parcial o totalmente al carril contiguo, respetando, además, la distancia lateral mínima de 1,5 metros.
¿ Giros ? (artículo 76)
El giro no es necesario que se señalice hasta que termine la maniobra. Para indicar un giro o un cambio de carril utilizamos el brazo, en posición horizontal con la palma de la mano extendida hacia abajo, si el desplazamiento va a ser hacia el lado de la mano indicada, o doblado hacia arriba, también con al palma de la mano extendida, si va a ser hacia el contrario. Para girar a la izquierda, en zona urbana, por fin se vuelve a permitir oficialmente que hagamos la maniobra sin tener la obligación de apartarnos a la derecha.
¿ Paso por tramos estrechos ? (artículo 62)
Donde el cruce de dos vehículos no es posible, la bicicleta tiene que ceder la preferencia a todos los demás.
¿ Velocidad ? (artículo 48)
La velocidad máxima de la bicicleta es de 45 Km./h., aunque se puede superar esta velocidad si la vía lo permite.
¿ Uso del casco ? (artículo 118)
En las vías interurbanas, hay que utilizar un casco homologado.


martes, 24 de enero de 2012

viernes, 20 de enero de 2012

Libro temporada 2012

Estamos ultimando el libro de rutas de la nueva temporada, con los tel., email y listado con el orden y fecha que le toca a cada socio conducir el coche.  Cuando lo tengamos "niquelao", lo colgaremos, para que podamos verlas y bajárnoslas, solo las rutas. No hay modificaciones de las que ya están colgadas, solamente se le ha dado la vuelta aquellas rutas que eran de "sentido contrario", para que nadie se despiste y aquellas que estaban en otro formato se han modificado.Nos vemos por el Club.

jueves, 19 de enero de 2012

Diez reglas para circular en bici sin riesgos, según la DGT


Al igual que en la mayoría de los países europeos, la cultura de la bicicleta está llegando poco a poco a España para quedarse. Actualmente, unos dos millones de personas utilizan la bici a diario en nuestro país y se espera que en 2020 haya otro millón más. La DGT te da las diez reglas para convivir.

Cerca de dos millones de personas utilizan la bici a diario en España y se espera que en 2020 haya otro millón más. Con el fin de evitar las muertes que se siguen produciendo -en 2009 murieron 56 personas en 3.469 accidentes de ciclista- la DGT ha impulsado este año una campaña para que, con respeto, haya sitio para todos. Por este motivo, lanza diez reglas básicas de convivencia con el fin de hacer seguro este medio de transporte cada vez más en auge en nuestro país.

1.Si vas en bici, no uses los pasos de peatones. Como su propio nombre indica, son sólo para los peatones. Si necesitas cruzar uno, lo que debes hacer es bajar de la bici y hacerlo andando como un peatón.

2.Ante un peatón, no tienes prioridad. Un nuevo cambio normativo permitirá a los ciclistas circular en zonas peatonales bajo ciertas condiciones. En cualquier caso, los peatones siempre tendrán prioridad sobre las bicis.

3.Extrema la precaución, también en carriles bici. Los carriles bici son exclusivos para ciclistas pero no les hacen invulnerables. Extrema la atención en las intersecciones con vías por las que circulan otros vehículos y peatones.

4.Utiliza el timbre cuando quieras alertar de tu presencia. Date cuenta de que eres un vehículo silencioso y no tienen por qué verte.

5.Señaliza las maniobras. Para girar en cualquier lugar sitúate en el carril adecuado y señaliza la maniobra con el brazo.

6.Circula siempre por la derecha, cerca del bordillo, y manteniendo una separación lateral de seguridad con todos los vehículos, incluidos los que están aparcados.

7.Utiliza el arcén derecho cuando sea transitable y ancho. Si no, ocupa la parte imprescindible de la calzada. Está permitido circular en fila de dos, orillándose todo lo posible.

8.Ojo en los adelantamientos. Mantente a la derecha si otro vehículo te va a adelantar y evita sorprender con cambios bruscos en tu trayectoria.

9.Debes respetar las prioridades y ceder el paso como el resto de conductores. Cuando gires, hazlo desde la derecha de arcén a arcén si es posible.

10.Arrímate a la derecha. Acércate todo lo posible a la derecha en curvas cerradas y en tramos con poca visibilidad. El vehículo que viene por detrás no puede verte.

Por supuesto, hacerte con un equipamiento completo es el primer paso para circular seguro. De noche es fundamental vestir prendas reflectantes e instalar una luz delantera y un reflectante trasero en la bici.En carretera, el casco debe ir bien abrochado.

miércoles, 18 de enero de 2012

Bahamontes

Os dejamos unos vídeos del Águila de Toledo. Cómo cambian los tiempos...
Disfrutarlos!


Breve comentario a la vida deportiva de Alejandro Martín Bahamontes efectuado por el mítico comentarista de ciclísmo en TVE Pedro González en 1992.


El gran Fede Bahamontes machacando a los rivales en el Puy de Dome.